viernes, 1 de junio de 2012

Asesoramiento Legal - Mala Praxis




Sres. Asociados:

                    A los fines de evitar eventuales infortunios, les informamos por medio de la presente, lo establecido en el último párrafo de la Cláusula Octava del Convenio de Adhesión entre el Colegio de Profesionales del Arte de Curar de la ciudad de Cutral Có y Plaza Huincul, y la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires en el carácter de administradores del Fondo Solidario de Profesionales de la Salud (FOPROSA), la cual estipula la reglamentación para hacer efectiva la cobertura de responsabilidad civil ante un siniestro de mala praxis profesional:

….EL COLEGIO se obliga a comunicar a la A.M.M. por medio fehaciente y dentro de las 72 horas de conocido, la eventual iniciación de reclamos y/o acciones penales y/o civiles contra cualquier profesional de El Colegio, que se hubiere adherido al FOPROSA y que estuvieran relacionados con los mismos.-

                    Lo vertido significa que ante un eventual reclamo y/o intimación por algún supuesto caso de mala praxis profesional, a los fines de la cobertura, usted deberá:

1)    Comunicar inmediatamente a este Colegio de Profesionales del Arte de Curar de la ciudad de Cutral Có y Plaza Huincul.-
2)    Lo requerido es a los fines de que el mismo, a su vez, comunique por medio fehaciente al A.M.M. de lo ocurrido. A tales efectos informamos que “medio fehaciente” es mediante comunicación misiva de Carta Documento.-
3)    El Colegio de Profesionales del Arte de Curar de la ciudad de Cutral Có y Plaza Huincul tiene el plazo de 72 horas de que se notifico el profesional, para notificar a la A.M.M.
4)    En caso de no cumplimentar estos requerimientos el profesional pierde el derecho a cobertura de parte de la Aseguradora.-

Es así que lo anoticiado explica el procedimiento a seguir en caso de intimación, denuncia o demanda por mala praxis, con respecto al Colegio de Profesionales del Arte de Curar de la ciudad de Cutral Có y Plaza Huincul, sin perjuicio de la obligación que recae sobre el profesional de informar por derecho propio ante dicha  entidad.-

Dra. Mariangeles Ocejo.
Asesora Legal COPAC.

2 comentarios:

  1. No me queda claro si debemos estar afiliados a FOPROSA y si de ser asi cual es el costo
    desde ya agradecida
    Dra m Blasco

    ResponderEliminar
  2. Estimada Dra. Blasco: no es necesario que deban estar afiliados a FOPROSA ya que la Asociación de Médicos Municipales de la ciudad de Buenos Aires actúa como administradora de dicho fondo, razon por la cual al estar adherido el Colegio de Profesionales del Arte de Curar de la ciudad de Cutral Có y Plaza Huincul al mismo implica que los asociados no deban adherirse en lo particular.-

    Saludos cordiales.-

    Dra. Ocejo.-

    ResponderEliminar